+ Contempla tres figuras importantes: la Consulta Popular, la Revocación de Mandato y la Voz Ciudadana en el Cabildo.
La Diputada Mayra Yuridia Villalvazo Heredia, presentó una iniciativa para expedir la nueva Ley de Participación Ciudadana del Estado de Colima, que tiene como objeto reconocer el derecho humano a la participación ciudadana, promoverla y facilitarla a través de instituir y regular los mecanismos de ésta, contribuyendo a su control, organización y funcionamiento; incluyendo en ella, la consulta popular, la revocación de mandato y la voz ciudadana en el cabildo.
Además, busca fomentar una participación activa y organizada en las decisiones públicas, como en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno.
En su propuesta, destacó que contempla la inclusión de tres figuras de suma importancia: la Consulta Popular, la Revocación de Mandato y la Voz Ciudadana en el Cabildo. Añadió que, actualmente la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Colima, que regula 8 mecanismos de participación ciudadana, “no contempla la figura de Revocación de Mandato para quien ocupe la gubernatura, aun cuando está vigente en la Constitución Política del Estado de Colima”.
Dijo que, esa participación en las elecciones estatales debe ser la base para incentivar el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana, sin embargo, aclaró que eso no acontece, a pesar de que las y los colimenses “somos personas que nos ocupamos de las decisiones públicas de la entidad de manera importante, esta acción no se refleja en el uso de los mecanismos que regula la Ley de la materia”.
Sobre la Consulta Popular, explicó que se podrá ejercer este mecanismo de participación cada año y, a su vez, evitar que se lleve a cabo el mismo día de la jornada electoral cuando se encuentre en curso un proceso electoral, se propone que se realice el primer domingo del mes de septiembre.
Respecto a la revocación de mandato, dijo que se propone, que este mecanismo proceda solamente una vez en el periodo para el que fue electa la gubernatura del Estado y podrá solicitarse a la mitad de su mandato, durante el mes de noviembre posterior a la conclusión del tercer año del periodo constitucional.
Y sobre el mecanismo de participación ciudadana denominado Voz Ciudadana en el Cabildo, explicó que éste se puede entender como un medio de participación personal de la persona ciudadana residente en el municipio, en una sesión de Cabildo y para ejercerlo, agregó que será necesaria la presentación de una solicitud de participar en una sesión de esa naturaleza, la cual deberá ser evaluada por el Secretario del Ayuntamiento, para determinar su participación o no, en un término máximo de diez días hábiles.
Por las condiciones que impone la presencia del virus SARS CoV2 y la pandemia que ha generado, puntualizó que es imperativo proponer que las autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley, en caso de darse su aprobación, implementen los mecanismos electrónicos y en línea necesarios para la consecución de las etapas de los distintos mecanismos de participación ciudadana que por su naturaleza así lo permitan y que garanticen certeza y objetividad, además de respetarse tres nuevos principios en la dicha ley; la accesibilidad, la equidad, y la no discriminación.
Esta iniciativa con proyecto de Decreto fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que preside la diputada Ma. Remedios Olivera Orozco.