ANAYA, LECTIO BREVIS

Con reformas constitucionales para poder elegir por voto directo a los juzgadores y, ahora también, para facultar a la mayoría calificada en las cámaras a legislar reformas sin que puedan ser impugnadas por el Poder Judicial de la Federación, ¿estamos entrando a una nueva etapa en la vida jurídica de México? La pregunta que le hace Julio Hernández López ‘Astillero’ al jurista Federico Anaya-Gallardo[1], es: ¿qué implica este nuevo diseño institucional?

Especializado en la defensa de los derechos humanos y panelista en mesas de opinión como la de ‘los maxiabogados’ en Rompeviento TV, Anaya matiza que no cambió el diseño fundamental pero se ajustó un detalle que nadie vio durante la transición a la democracia: “el sistema de reforma constitucional vigente desde 1857.”

Se siguen requiriendo dos terceras partes de las cámaras federales y la mitad más una de las legislaturas de los estados, para que entren en vigor reformas o adiciones a la Constitución. Pero lo que discutimos hoy es si la minoría parlamentaria o la legislatura de un estado de la Federación que no votó a favor pueden impugnarlas.

Históricamente, construimos tres caminos para inaplicar o anular una reforma: el juicio de amparo, la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad.

Como el amparo de la justicia federal se concede a un individuo, su defecto es que sólo protege al promovente. Eso señala la cláusula Otero que estableció don Mariano, y se enseña en primer semestre de Derecho. La redacción más moderna de la Ley de Amparo dice, con toda claridad, que este recurso no procede en contra de reformas constitucionales.

Esa vía está cerrada, pero en 1996 se abrieron otras dos:

La controversia constitucional que pueden presentar, por ejemplo, los municipios o los estados de la república en contra de leyes generales. La pregunta actual es si también puede usarse en contra de una reforma constitucional.

En 2002, cientos de municipios indígenas del país lo pidieron y la Suprema Corte contestó que es improcedente. ¿Por qué? Porque lo que haga el Constituyente permanente es como si lo hubiera hecho el Constituyente de 1857 o 1917. Como órgano constituido, la SCJN no puede discutir una decisión del poder constituyente.

Lo mismo contestó la Corte a la minoría parlamentaria de izquierdas que impugnó las reformas energéticas de Peña Nieto privatizadoras de Pemex y la CFE: no procede la acción de inconstitucionalidad.

Hasta ahora, ese había sido el criterio de la Corte. Pero cualquier día podía cambiar, y la fecha llegó. La mayoría de los ministros quieren cambiar el criterio, basándose en lo que expuso el ministro Javier Laynes Potisek: si el Constituyente permanente decide convertir a nuestra nación en una monarquía, por supuesto que la Corte tendría que revisar esa reforma constitucional para defender la República.

Pero nadie está proponiendo eso. Tampoco se plantea reestablecer la esclavitud como se han cansado de especular los legisladores del PRIAN. Con todo, el tema es importante. Y la respuesta del Constituyente permanente consiste en asentar en la carta magna que no procede la controversia constitucional ni la acción de inconstitucionalidad en contra de una reforma constitucional.

[Ya lo aprobó el Senado y se esperaba que este martes 29 de octubre consiguiera las dos terceras partes de la Cámara de Diputados. Falta que la mitad más una de las legislaturas estatales también lo avalen para que las reformas constitucionales queden blindadas contra interpretaciones jurisprudenciales].

REFORMA 2024

¿Morena y sus aliados podrían constituirse en un Congreso Constituyente para promulgar una nueva Constitución?, pregunta Julio Astillero.

Llevando al extremo el razonamiento, sí –señala Federico Anaya–. Podrían cambiar toda la Constitución. Esa fue la circunstancia del PRI de Carlos Salinas cuando reformó, por ejemplo, el Artículo 27 de la Constitución y eliminó la reforma agraria.

“Muchos dijimos en esa época que se trataba de una violación al pacto original de la Constitución de 1917. En 1992 todavía no había acción de inconstitucionalidad ni controversia constitucional, pero había amparos”. Y, obviamente, a esos pocos que presentaron uno “los mandaron a volar” en los juzgados de Distrito… porque no procede un amparo contra la reforma constitucional.

El mismo PRI con el PAN hicieron después una reforma constitucional en materia indígena, mala porque no cumplió con los Acuerdos de San Andrés. Y, luego, como ya vimos, PRI, PAN y PRD en el Pacto por México modificaron la Constitución para privatizar Pemex y CFE. En todos esos casos, “la Corte dijo que no podíamos defendernos contra una reforma constitucional”.

“Lo único que estamos haciendo desde Morena es poner el mismo criterio que ha seguido la Corte, ahora en la Constitución. Da coraje que una Corte que denegó a municipios indígenas el derecho a la revisión constitucional de reformas, o a la izquierda cuando quería mantener el nacionalismo en la administración de la energía, ahora que hay una reforma que toca al Poder judicial sí quiera cambiar el criterio. Es política y éticamente injustificable.

UN RÍO QUE CORRE:

Desde una autocrítica, ¿cómo se pueden mejorar esta serie de reformas?, pregunta Astillero. ¿Tal como está planteada, la reforma al Poder Judicial puede fluir sin gran problema?

Fluirá, advierte Anaya-Gallardo, pero como los arroyos por la montaña: dando tumbos al golpear el agua contra las rocas. Y lo que quisiéramos es un río ancho y caudaloso que fluya serenamente.

Hay un pendiente constitucional: el Artículo 135 y el Constituyente permanente que está ahí se convirtió en manos del PRI, del PRIAN y ahora de Morena en un poder del que la mayoría puede abusar. Lo dijo la izquierda contra el PRI y el PRIAN; lo dice ahora la derecha contra Morena.

Tendríamos que discutir cuáles son las garantías que se deben preservar en la Constitución:

–Desde la izquierda, reivindicamos la reforma agraria, los derechos de los obreros, la rectoría económica del Estado y, también, los principios de derecho internacional (de no a la guerra sino resolución pacífica de los conflictos), entre otros temas.

–Para la derecha, el PAN por supuesto va a defender el derecho a la vida desde la concepción –aunque para la izquierda eso violente los derechos de las mujeres a la libertad para decidir sobre su cuerpo– y los neoliberales siempre estarán en contra de una rectoría permanente del Estado sobre la economía.

–Quizá todos estaríamos de acuerdo (salvo los iturbidistas que andan por ahí reclamando la restauración de la monarquía) en la república federal con división de poderes como sistema de gobierno. En prohibir la esclavitud, “creo que también vamos a estar de acuerdo”.

Tenemos que discutir cuáles son las cláusulas pétreas, las cuestiones que tienen que estar protegidas en la Constitución. Y no es fácil. ¿Qué significa ‘dejarlas más protegidas’? Pues que aun cuando tengamos dos terceras partes de ambas cámaras en el Congreso de la Unión y la mitad más una de las legislaturas estatales, no se puedan cambiar.

Anaya-Gallardo agregaría dos requisitos para darle más fuerza a estas decisiones mayoritarias: que las legislaturas por fuerza tengan que decir algo, porque algunas se quedan calladas; y que estas decisiones constituyentes más fuertes se sometan a un referéndum, para que el pueblo en votación abierta, libre y auténtica termine de ratificar qué cambios aprobados en los espacios parlamentarios entran a la Constitución.

Lo teníamos más fácil antes, cuando la Corte había decidido no meterse. Sin embargo, ahora, de manera egoísta decide hacerlo. Hubiera sido mucho mejor que, desde hace 30 años, la Corte hubiera discutido todos esos temas indispensables [para mantener la esencia nacional].

Iban por buen camino los ministros tendiendo a proteger los derechos de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, o a defender los derechos de los pueblos indígenas en términos generales. Pero decidieron no discutirlos y ahora que hay una reforma que los altera, egoístamente quieren revisar la reforma constitucional. Eso no se vale y, en cualquier caso, es el Congreso y las legislaturas los que tienen que cambiar las reglas.

TIRANÍA MAYORITARIA

Cuando los jueces, magistrados y ministros sean electos por voto popular, ¿mantendrán la facultad de interpretar las leyes y la Constitución?, pregunta Astillero quien, antes de incursionar en el reporterismo, la actividad partidista y el columnismo político terminó la licenciatura en Derecho.

Lo tienen que hacer y eso hace todavía más interesante la elección, comenta Federico Anaya. “En mi opinión, la reforma democrática al Poder Judicial no está alterando la independencia. Incluso, podría abrirle nuevos cauces. No sabemos quién va a terminar ganando las elecciones, pero no importa porque dentro de 9 años habrá otra elección”.

La nueva Suprema Corte debe ser capaz de interpretar las leyes. Lo que estamos discutiendo es que los ministros no puedan decir si una reforma constitucional es inconstitucional. Para cambiar la Constitución, los partidos políticos y la sociedad tienen que hacer el esfuerzo de ganar las mayorías duras.

Ese es el proceso que, a la mala, tenía el PRI; que luego a la buena, como producto de la transición, el PRIAN obtuvo; y, finalmente, también a la buena democráticamente acaba de ganar Morena.

Con el tiempo la derecha volverá a ganar la mayoría constitucional y podrá hacer cambios. La democracia resuelve los problemas de la democracia. El resto, como las leyes secundarias, por supuesto que la nueva Corte tendrá que interpretarlas de acuerdo con la Constitución.

Y una de estas cláusulas pétreas que no deberíamos modificar, “salvo que supere el requisito que propongo de ser aprobado por un referéndum popular, es el artículo primero. Nunca debemos quitar los principios de supremacía de los derechos humanos y las garantías individuales. Es el centro de la revisión que tiene que hacer permanentemente el Poder Judicial federal. No puede cambiar y, espero que nadie esté en desacuerdo, nunca debería ser tocado en una reforma a la Constitución”.

“En cuanto al mecanismo para cambiar la Constitución, no debemos olvidar que es el sistema democrático, no la Corte, el que decide las reformas. ¡Y eso es lo que la SCJN siempre había dicho!”, enfatiza Anaya.

NUEVE AÑOS EN EL TÍBET

¿Cómo evitar que en la renovación de la Corte se cuelen los mismos juzgadores mañosos, como han hecho políticos marrulleros en las bancadas legislativas y los gobiernos de Morena?, plantea finalmente Julio Astillero.

¿O cómo impedir que la elección de jueces dé paso a una generación de abogados cuya inexperiencia no se compense, siquiera, con la garantía de ser honestos, probos y capaces?

Subraya el también columnista de La Jornada que uno de los temores más señalados a la elección popular en el Poder Judicial es que el comité de evaluación filtre, con intereses facciosos, los nombres de los candidatos.

Los tres comités de evaluación están en el centro de la discusión, pero enfrentan una circunstancia que ya habíamos visto en el comité de evaluación de los candidatos a consejeros del INE: sus entrevistas con las personas que desean ser candidatas tienen que ser públicas. Y ahí es donde la gente, a final de cuentas, va a encontrar elementos para tomar su decisión al votar.

El problema es que los abogados hablamos ‘raro’, y posiblemente el electorado no pueda distinguir a un charlatán. Por eso el sistema electivo no contempla nombrar a jueces, magistrados y ministros para 15 años o de por vida. Estarán en funciones nueve años. Yo hubiera querido sólo cinco, pero también deben tener tiempo para adquirir experiencia. Y para la nueva Corte y tribunales colegiados, nueve es mejor que cinco años.

JUECES DE LOS JUECES:

Es primordial identificar los perfiles de esos comités de evaluación. Manuel Becerra, propuesto por dos de las ministras vinculadas al obradorismo, es un magnífico profesor de la UNAM, señala Anaya.

Como sea, la prensa tendrá que estar vigilante, así como cuando hubo un gran debate en los medios por la conformación de los comités de evaluación para los consejeros del INE.

Y no nos preocupemos de más por quiénes integren esos comités porque, es una de las características del proceso judicial en tribunales, el juzgador a fuerzas tiene que oír el argumento de un lado y el contrario, a veces incluso de un tercer interesado o de un amicus curies (‘amigos de la corte’, es decir, personas ajenas a un litigio que brindan informes técnicos). Eso obliga a los evaluadores a abrir la mente.

Otra característica –y que por cierto es algo que le critican a nuestra Corte–es que todos los debates se publicitan en tiempo real. Deberíamos ver en todos los tribunales cómo se está combatiendo un argumento con otro argumento. Ese es el tipo de información con el que la sociedad va a poder tomar una mejor decisión en la siguiente elección de jueces, magistrados y ministros.

Ya en el trabajo judicial veremos quiénes son los juzgadores cuadrados y formalistas que solamente repiten lo que alguien más dijo. Descubriremos en esas transmisiones si, como pasó en la actual Corte donde supuestamente todos tiene una gran carrera judicial y estándares altísimos de calidad, de pronto se inventan leyes.

En la segunda sala, hace unos años oí un debate alucinante donde la mitad de la Corte tomó una decisión basada en una Ley General de Profesiones que no existe. Hay una en cada entidad federativa, pero no una federal.

Gazapos hay en todos los sistemas judiciales, pero la ventaja del sistema democrático es que ahora van a saltar en público y nos van a ayudar a votar mejor en la siguiente oportunidad.

Los comités de evaluación serán el filtro que purificará las candidaturas y deben ser integrados por juristas de primer nivel. Ya salieron los primeros nombres para integrar los comités técnicos de evaluación por parte del Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Pero en el Congreso se vive una pelea entre el senador Gerardo Fernández Noroña y el diputado federal Ricardo Monreal en el esfuerzo por repartirse los cinco nombres que le corresponden a las dos cámaras, concluye Federico Anaya. Mi correo electrónico: carvajalberber@gmail.com


[1] ‘Poder Judicial defendió reformas del PRIAN. ¡Ahora que se les toca cambian criterio!: Anaya-Gallardo’. Julio Astillero, 25 de octubre de 2024. https://www.youtube.com/watch?v=0sWYQiwUPWk

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