El miércoles 24 de junio de 2020 los Diputados integrantes del Honorable Congreso del Estado de Colima debatieron y aprobaron, en sesión ordinaria, el Decreto No. 283, que reforma diversas normas entre las que se encuentran el Código Electoral del Estado de Colima, la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima. Además de fortalecer el diseño institucional que permite prevenir, detectar y sancionar la violencia política de género, mediante esta reforma los Diputados Locales brindaron avances claros y concretos para garantizar la participación política de los jóvenes en la entidad.
Específicamente, en el inciso d) de la fracción XXI del artículo 51 del Código Electoral del Estado de Colima instituyeron la obligación de los partidos políticos de “En el caso de las diputaciones por ambos principios e integrantes de los ayuntamientos, garantizarán la inclusión de jóvenes entre los 18 y 30 años de edad en por lo menos el 30% de las candidaturas, respetando la paridad y alternancia de género. En la integración de las candidaturas de personas jóvenes, en los casos que correspondan, las personas propietarias y suplentes, deberán estar dentro de los rangos de edad antes señaladas.”
Si bien el Código Electoral del Estado de Colima ya establecía una cuota de participación política para los jóvenes, ésta no era cuantitativamente específica, dejando la decisión a los partidos políticos de qué porcentaje de jóvenes incluir en sus fórmulas de candidatos. El mismo inciso d) de la fracción XXI del artículo 51 del Código Electoral señalaba con anterioridad, como obligación de los partidos políticos, que “En el caso de las diputaciones por ambos principios e integrantes de los ayuntamientos, garantizarán la inclusión de jóvenes entre los 18 y 29 años de edad, en los porcentajes que determinen sus respectivos estatutos;”
Los Diputados Locales y el H. Congreso del Estado como institución han hecho un claro acto de justicia hacia los jóvenes como un segmento de la población que no sólo es importante en la sociedad por su dinamismo y ser precursor de cambios, sino porque en datos duros, representan una gran parte de la población votante que, aunque con mucha influencia para definir mediante su voto a quienes están en los puestos de representación popular, se ve pobremente representado. Si tomamos como ejemplo el Congreso del Estado, al momento de ser votados y electos, sólo la Diputada Ana Karen Hernández Aceves del Movimiento de Regeneración Nacional cumplía con estar dentro del rango de edad considerado como joven.
¿Por qué es un verdadero acto de justicia hacia los jóvenes? Porque si el día de hoy fueran las elecciones, habría en el estado de Colima 536,393 personas que, de acuerdo al Instituto Nacional Electoral, cuentan con su credencial vigente y, por ende, tienen derecho a emitir su sufragio.Y si el nivel de participación (votación) fuese el mismo que en el proceso de 2018, estarían votando 336,730 colimenses. De éstos, 27% (una tercera parte), tendrían entre 18 y 29 años de edad, que equivalen a 90,917 jóvenes y, de ellos, 13,200 votarían por primera vez. De ese mismo total, 36,232 jóvenes apenas habrían participado en los últimos dos procesos electorales, el de 2015 y el de 2018.
Al establecer una cuota mínima del 30% para la participación política de los jóvenes en el estado de Colima, se da cabida precisamente a que los 90,917 jóvenes colimenses que votarán en el proceso electoral de 2021, materialicen, por fin, su derecho a ser votados, pero, además, a tener voz, voto, injerencia y decisión en el H. Congreso del Estado y en los Ayuntamientos. El impacto también se dará al interior de los partidos políticos, los que tendrán que revitalizar sus movimientos o sectores de jóvenes para seleccionar, dentro de ellos, a sus futuros candidatos. Y es que, aunque será grande la tentación de colocar en esas posiciones a los hijos de los dirigentes de partidos o de sus amigos de los dirigentes, la alta competencia de los últimos procesos electorales ha enseñado que cada voto cuenta.
¿Cómo votan los jóvenes? Diferenciado, diversificado y disperso. El voto joven es como una plastilina que está apenas siendo moldeada, sin tomar una forma específica. La única manera rigurosa de analizar el voto joven es a posteriori, es decir, cuando ya votaron y ya pasó la elección. Se puede saber cuántos votaron y por quién lo hicieron, pero pocas veces conocemos el por qué. En otros tiempos hablábamos del llamado voto duro, dispuesto como aquel número de votantes casi fijo que elección tras elección votaba “casi sin ver” por el mismo partido político. Aunque eso aún permanece, sobre todo en personas adultas mayores, es cada vez en menor medida.
Los jóvenes, que como ya vimos son una tercera parte del total de votantes, sufragan de manera diferenciada de una elección a otra, pero también entre partidos, candidatos y puestos de elección popular. Un joven que en una elección votó por el PAN en la siguiente lo hará por Morena y en otra siguiente por otro partido. Inclusive en una misma elección votan por varios partidos al mismo tiempo, o por candidatos específicos sin importarles en realidad a qué partido pertenecen. Aunque el voto joven puede ser decisivo en el resultado de una elección importante, como la de Gobernador que se jugará en el 2021, es difícil tenerlo. Se trata del voto más indescifrable e impredecible posible. Bien convendría a los partidos comenzar a realizar encuestas para contar con indicios específicos del voto joven. Hasta aquí mi participación de este día. Nos leemos en la siguiente.