APRUEBA LIX LEGISLATURA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN PARA EL ESTADO DE COLIMA

+ Se contemplan 12 títulos, 39 Capítulos, 153 artículos y 7 transitorios.

Con la aprobación de la nueva Ley de Educación del Estado de Colima, por parte de las Diputadas y Diputados de la LIX Legislatura de la Paridad de Género, cuya iniciadora es la Diputada Rosalva Farías Larios, presidenta de la Comisión de Educación y Cultura, la Secretaría de Educación deberá emitir y adecuar los reglamentos, acuerdos, lineamientos y demás disposiciones de carácter general conforme a lo establecido en este Decreto, en un plazo no mayor a 180 días naturales siguientes contados a partir de su entrada en vigor.

Dicha Ley fue aprobada en lo general por unanimidad y por mayoría en lo particular, al ser rechazados cambios en algunos de sus articulados. 

Para su operación y funcionamiento de los servicios que se presten, la Diputada Rosalva Farías Larios, quien dio lectura al dictamen en tribuna, dijo que seguirán aplicándose las disposiciones vigentes, en lo que no contravengan al contenido de este Decreto.

Con la nueva Ley de Educación del Estado de Colima, que está conformada por 12 Títulos, 39 Capítulos, 153 artículos y 7 transitorios, fue analizada por las Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que preside la  diputada Ma. Remedios Olivera Orozco y la de Educación y Cultura, que encabeza la Diputada Rosalva Farías Larios; con la aprobación que hizo el Pleno Cameral, se abroga la Ley de Educación del Estado de Colima, publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Colima» el 08 de febrero de 2014 y quedan sin efectos los reglamentos, los acuerdos y las disposiciones de carácter general contrarias al contenido de este Decreto.

En la lectura del dictamen que fue leído en tribuna por la Diputada Ma. Remedios Olivera Orozco y entre otros los diputados Francisco Rodríguez García, Fernando Antero Valle, Araceli García Muro, Carlos César Farías Ramos, Mayra Yuridia Villalvazo Heredia, Lizet Rodríguez Soriano, María Isabel Martínez Flores, Julio Anguiano Urbina y Gretel Culin Jaime puntualizaron que los principios en que se basa la propuesta de la nueva Ley de Educación, se encuentran la Rectoría del Estado en Educación y el Federalismo Educativo; con base en la distribución de competencias.

Además del reconocimiento de los contextos locales y regionales, el Interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en las acciones educativas del Estado.

En cuanto a los objetivos de la propuesta está el ubicar como centro del aprendizaje a niñas, niños, adolescentes y jóvenes para lograr una educación con equidad y de excelencia, pilares de la Nueva Escuela Mexicana; fortalecer el federalismo educativo para cumplir con los principios fines y criterios de la educación e Impulsar la corresponsabilidad social en el proceso de construcción de saberes y armonizar la legislación local con el Artículo 3º Constitucional y sus leyes reglamentarias.

También se contempla impulsar acciones como programas culturales y de preservación y mejoramiento de la salud, del medio ambiente, preservación ecológica y desarrollo sustentable, así como los Programas de educación bilingüe bicultural en Lengua de Señas Mexicana y el Fomento al desarrollo artístico y artesanal y el servicio a la comunidad en una participación social comprometida.

Otra de las propuestas, es el rescate y la conservación del patrimonio cultural comunitario; el procurar el fortalecimiento del conocimiento de la historia y la geografía del estado y se fomentará la cultura y la cultura de la paz, convivencia democrática en las escuelas y entornos escolares libres de violencia.

En los transitorios se establece que la Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, en tanto que los procedimientos y trámites que se iniciaron con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto continuarán, hasta su conclusión, regidos por los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general en los cuales se fundamentaron.

Hasta en tanto la autoridad educativa federal no emita los lineamientos para la operación de las Cooperativas Escolares, los Establecimientos Escolares de Consumo seguirán operando con sujeción al Reglamento que rige el funcionamiento de los Establecimientos Escolares de Consumo, y demás disposiciones aplicables.

Asimismo, las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para tal fin al sector educativo en el ejercicio fiscal de que se trate, lo cual se llevará a cabo de manera progresiva con el objeto de cumplir con las obligaciones que tendrán a su cargo las autoridades competentes.

Es de mencionar que al término de las votaciones correspondientes, líderes e integrantes de los comités ejecutivos de las Secciones 6 y 39 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) que acudieron al Recinto Legislativo, agradecieron la creación del nuevo ordenamiento.

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