Las noticias falsas son otro agravio contra la libertad de expresión y de información –señala el jurista mexicano Ulrich Richter Morales–, “pues al desvirtuar la comunicación confunden o engañan a las personas y polarizan al ciudadano. Esta información en nada contribuye a un ambiente democrático, donde lo que se espera es que no se utilice aquel derecho fundamental de manera negativa”.
En el capítulo ‘Noticias falsas’ que le sirve como marco teórico a su libro El ciudadano digital: fake news y posverdad en la era de internet (Océano, 2018), el abogado que demandó a Google nos recuerda que la historia de la humanidad ha sido una constante lucha por la conquista de los derechos y libertades del ciudadano.
Expresar la inconformidad contra los regímenes autoritarios o cuyo desempeño causa malestar, es uno de los pilares de la democracia. La lucha ha sido larga y se ha dado en nombre de la libertad de pensamiento, de opinión, de prensa o de información.
Por eso, Richter plantea la conveniencia de diferenciar la libre expresión de la libertad de información: la primera se refiere a la manifestación de las ideas, mientras la segunda atiende a la libre difusión de información por cualquier medio. En la Constitución mexicana están consagradas en dos artículos: el 6º y 7º.
LA VIDA PRIVADA
En nuestra carta magna, el Artículo 6º garantiza que la libertad de manifestación de las ideas no sea objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, “sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”.
El mismo artículo contempla el ejercicio del derecho de réplica en los términos dispuestos por la ley. Y señala que el derecho a la información será garantizado por el Estado.
En ese sentido, “toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.
Y ahora también el 6º Constituiconal prevé que el Estado garantice “el derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet”. Estableciendo para tales propósitos condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
El Artículo 7º, por su parte, considera “inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”.
No se puede restringir ese derecho por vías o medios indirectos, tales como el abusos de controles oficiales o particulares, del papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de tecnologías encaminadas a la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
“Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión… En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito”.
Sin embargo, porque puede chocar contra otros derechos fundamentales el 7º Constitucional pierde su primacía cuando ataca a la vida privada, la moral o la paz pública.
ENRIQUECER LA DEMOCRACIA
El penalista Manuel Jaén Vallejo señala que en un Estado de derecho, el debate y las opiniones vertidas son enriquecedoras de la democracia, pues la libertad de expresión garantiza el pluralismo político necesario en toda sociedad.
Cabe subrayar que, para la doctrina jurídica, mientras el sujeto del Derecho a la Información y beneficiario de la Libertad de Expresión son todas las personas, la Libertad de Prensa ampara a quienes escriben o son dueños de periódicos y revistas.
Empero, esta distinción se diluye cuando hablamos de nuevas tecnologías de información que extienden al ciberespacio los límites conceptuales de ‘la prensa’, ampliados en su momento a la radio y la televisión.
En los nuevos entornos digitales, aunque el fenómeno ya se daba en los medios tradicionales, es donde han proliferado las fake news.
Especialmente en tiempos electorales, prevalecen las descalificaciones y los ataques a las propuestas reales y factibles a favor de la ciudadanía. Lo que ha llevado a gobernantes y gobernados a reclamar el apego a las reglas del contraste y la verificación de las fuentes, y a apostar por una información seria, riguroso y crítica.
En 2018, el Parlamento Europeo concluyó que las noticias falsas son una amenaza a la democracia, y que para combatirlas resulta necesario implicar a los gigantes tecnológicos y fomentar la capacidad crítica de los ciudadanos.
El periodismo riguroso es el único antídoto contra la plaga de las noticias falsificadas. Y si no prevale la verdad, perderemos la democracia, advirtió el entonces director de El País, Antonio Caño.
DERECHO AL OLVIDO
Por haber demandado con ese motivo a la trasnacional Google con base en la legislación mexicana, a Richter Morales le interesa la cuestión del derecho al olvido.
Si bien en la mayoría de las veces el derecho al olvido no implica fake news, el debate surgió en España cuando Google se negó a cancelar datos privados de personas que aparecían en su buscador, pese a que dicha información lesionaba la dignidad de los demandantes. El buscador argumentaba que eliminar esos datos atentaría contra la objetividad de internet y suponía una especie de censura.
Jueces de diferentes países han reconocido el derecho a que se elimine de la red información de personas que, no obstante ser veraz, se ha vuelto obsoleta, es irrelevante o no tiene suficiente interés legítimo para los usuarios de un buscador como Google.
POSVERDAD NO ES VERDAD
En el debate por las noticias falsas, señala Ulrich Richter, ha surgido recientemente el término posverdad. “Además de cobrar fuerza a partir de la manipulación de las información o las noticias, el fenómeno ha alcanzado incluso el ámbito de la política.
La verdad y la política nunca se han llevado bien, pues la mentiras se utiliza para justificar la actividad del político y la verdad no. Pero como desglosó Hannah Arendt al hablar del peso en la sociedad de ‘persuasores ocultos’ como son los medios de comunicación de masas, y la forma en que éstos han modificado la relación de la política con la mentira, las diferencias escenciales entre la mentira tradicional y la mentira moderna están en que:
- los mentirosos modernos aspiran a la reescritura de la historia ante los propios ojos de quienes fueron testigos, mediante una manipulación masiva de los hechos (la mentira tradicional simplemente pretendía ocultar los hechos); y
- en consencuencia, la mentira moderna debe recurrir necesariamente al autoengaño, porque sólo así el mentiroso es capaz de crear una apariencia de fiabilidad.
Para Arendt, la mentira moderna desembocó en una peculiar clase de cinismo: el absoluto rechazo a creer en la veracidad de cualquier cosa, por muy bien fundamentada que esté esa verdad.
La filósofa y teórica política muerta en 1975 prefiguró el estado de posverdad, aunque no llegó a usar el término, en su ensayo Verdad y política de 1964. En palabras de Raúl Rodríguez Ferrándiz:
“El resultado de una constante y total sustitución de la verdad de hecho por las mentiras no es que las mentiras sean aceptadas en adelante como verdad, ni que la verdad se difame como una mentira, sino más bien que el sentido por el que nos orientamos en el mundo real –y la categoría de la verdad versus la falsedad está entre los medios mentales para alcanzar este fin– queda destruido. Y para ese problema no hay remedio”.
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