Atiende Coespris denuncia por fallas en recolección de basura

En atención a la denuncia difundida en medios de comunicación, relativo al servicio de recolección de basura en la capital del estado, la Secretaría de Salud y Bienestar Social a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris) señala lo siguiente:

La Coespris realizó el jueves 23 de agosto una visita de verificación a las instalaciones del Servicio Público Municipal del Ayuntamiento de Colima, para constatar el estado en que se encuentra el funcionamiento del servicio de limpia y recolección de basura.

Lo anterior a fin de proteger dentro del ámbito de su competencia a la población contra riesgos sanitarios y garantizar que los establecimientos, servicios, actividades y productos, equipos y personas cumplen con los requisitos y condiciones establecidos por la legislación sanitaria vigente.

En tal sentido se detectó que dicha área municipal tiene una flotilla de 21 vehículos diversos destinados a la recolección y disposición de la basura generada  en la capital del estado; de ellos 16 son unidades compactadoras, siete de los cuales están en reparación; tres camiones de cuatro toneladas, de los cuales, dos se encuentran en mantenimiento y otros dos vehículos de una tonelada funcionales.

De ahí se desprende que de los 21 vehículos con los que se presta el servicio, doce funcionan y el resto, nueve se encuentran en reparación.

Se informó que este servicio municipal cuenta con tres turnos a través de nueve rutas matutinas, siete vespertinas y seis nocturnas con lo que a la fecha ya se alcanza el 90% de cobertura, toda vez que cuatro rutas se encuentran desfasadas y se cubren en turnos subsecuentes.

Esta verificación se turnó a dictaminación la cual generó un ordenamiento en el que se instruye que a la brevedad se regularice al 100% el servicio de limpieza pública; mismo que se entregará al ayuntamiento en las horas hábiles de la administración municipal este 24 de agosto.

El anterior procedimiento se realizó acorde a lo estipulado por la Ley Estatal de Salud así como de su reglamento cuya base es el Artículo 115 Constitucional que entre otros aspectos, faculta a los ayuntamientos en la realización del servicio público de limpieza.

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