CONDENADA MAÑANERA

En las conferencias matutinas del 25 y 26 de julio de 2023 dentro de la sección ‘¿Quién es quién en las mentiras?’, la directora de Redes de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, Ana Elizabeth García Vilchis, afirmó que el columnista Raymundo Riva Palacio cobró más de 31 millones de pesos durante el sexenio de Enrique Peña Nieto.

En consecuencia, el periodista demandó judicialmente al gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, buscando que “el Poder Ejecutivo y las autoridades responsables se abstengan de emitir manifestaciones o declaraciones públicas que exhiban datos e informaciones íntimas y privadas del periodista quejoso, o que impliquen ataques, denostaciones y descalificaciones a su persona”, cita la Agencia Proceso[1].

A esta petición, el Vigésimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa en la Ciudad de México resolvió conceder el amparo a Raymundo Riva Palacio. Pero los magistrados fueron más allá al señalar que: “la creación de la sección referida sin un mandamiento escrito con parámetros de actuación, límites precisos y reglas objetivas previas dio lugar a un sistema de propaganda gubernamental posfactual que deforma la verdad desde el poder, reprime a la prensa crítica e impide a la ciudadanía el acceso a la información en condiciones de objetividad y neutralidad”.

El Tribunal ordenó que, “como medida de no repetición para el periodista quejoso, el Poder Ejecutivo se abstenga de afectar su esfera jurídica a través de plataformas de comunicación social que se aparten de los parámetros de veracidad, objetividad, neutralidad e institucionalidad, en detrimento de los derechos humanos a los datos personales, a la vida privada y al honor del periodista promovente”.

Los magistrados advirtieron que en caso de que el gobierno federal realice alguna manifestación o declaración pública sobre Riva Palacio, deberán mencionar y exhibir las pruebas que sustenten su dicho, y habrán de otorgarle el derecho de réplica dentro de las 24 horas siguientes a que sean realizadas las declaraciones.

El Colegiado ordenó, finalmente, bajar la información relacionada con las conferencias matutinas del expresidente López Obrador del 25 y 26 de julio de 2023 en las que fue difundida “información falsa” sobre Riva Palacio, resume Apro.

MENTIRAS NO DIJO

En su resolución, el Tribunal dio por hecho que la información que se dio en la mañanera sobre Riva Palacio es falsa, cuando pudo limitarse a decir que, presuntamente, violenta los derechos humanos a la protección de los datos personales, invade su vida privada y lastima el honor del periodista. Porque infundios, no son.

Los magistrados reprocharon al Poder Ejecutivo no exhibir las pruebas que sustenten el dicho de García Vilchis en contra del columnista, cuando en otras mañaneras (en concreto, la del 29 de abril de 2019), el entonces presidente de la República aludió al expediente que le entregó el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) donde se confirmaron los contratos millonarios con al menos 36 periodistas que hizo el gobierno de Enrique Peña Nieto.

De acuerdo con la pieza de Notimex retomada por el sitio Forbes México, la reportera Nancy Flores (de la revista Contralínea) tuvo acceso a un folio de 780 fojas relativo a 43 empresas de opinadores y medios de comunicación, por la venta de contenidos durante el sexenio del mexiquense. Riva Palacio fue uno de los 36 columnistas y conductores que tuvieron contratos millonarios a través de empresas de publicidad y plataformas digitales; en el caso de su producto Bajo Reserva, mediante el periódico Eje Central[2].

Entonces, mentiras no dijo García Vilchis. Y para ese momento ya era una tópico en el discurso presidencial que la recurrente desinformación en la que caía Riva Palacio y otros periodistas se podía explicar por la pérdida de ingresos que les causó AMLO, al no sostener esos convenios y reducir en un 75% el gasto en publicidad oficial.

DERECHO DE RÉPLICA

En cuanto al derecho de réplica que –sostienen los magistrados– se le negó a Riva Palacio, el Colegiado no reconoce que en la dinámica de la mañanera más de una vez se ejerció ese derecho, aunque para obtener el suyo Raymundo tendría que haber asistido a la conferencia en el Salón Tesorería de Palacio Nacional.

Por su inclusión en la misma lista donde apareció Riva Palacio, la única réplica en La Mañanera la dio Ricardo Rocha al reclamar a López Obrador que lo hubieran exhibido, no obstante que él siempre apoyó el proyecto del tres veces candidato presidencial. Rocha –cuyo hijo Jorge Armando fue conductor de la glosa de la conferencia matutina en Canal 14, Mañanera 360, hasta el final del mandato de Andrés Manuel, y hoy sigue trabajando en la televisión pública– explicó que los convenios eran simplemente parte del modelo de negocios de su agencia Detrás de la Noticia.

Otro ejemplo de derecho de réplica en La Mañanera es el que ejerció Julio Hernández López ‘Astillero’, a quien García Vilchis le atribuyó motivos oscuros para denunciar un desarrollo inmobiliario en San Luis Potosí, un proyecto que el columnista de La Jornada consideró, y se sostuvo en lo dicho, un ecocidio avalado por la Semarnat.

Por cierto, la resolución judicial plantea que el señalamiento a Riva Palacio se dio repentinamente y de manera gratuita, cuando es evidente que se trató de un ejercicio del mismo derecho de réplica pero esta vez por parte del Ejecutivo, ante una de esas noticias e interpretaciones lanzadas como parte de una campaña de propaganda negra más que por un interés periodístico.

PROPAGANDA VS DESINFORMACIÓN:

Detalla Aristegui Noticias[3] que el fallo fue aprobado por unanimidad, aunque con reservas del magistrado Salvador Alvarado López respecto a las consideraciones. El ponente fue el magistrado Fernando Silva García y, el secretario del tribunal, José Sebastián Gómez Sámano.

La razón del disenso al interior del pleno debió ser que, en las consideraciones, la ponencia se excedió al sostener que la política de comunicación social de la Presidencia en el sexenio pasado fue violatoria de la libertad de expresión. El Colegiado señala que esa sección de La Mañanera, al haber sido creada verbalmente, ¡reprimió a la prensa crítica durante el sexenio de López Obrador!

[Falso, responder no es igual a censurar. Reprimir significa, en este contexto, acallar. Y no se ha acreditado que el gobierno de AMLO haya ordenado, presionado o intrigado para que un periodista crítico perdiera sus espacios en los medios impresos, electrónicos o digitales. A diferencia de lo que pasó en los sexenios anteriores (el pinochetazo a Excélsior, el boicot publicitario a Proceso, el chiquihuitazo al Canal 40, el despojo a Gutiérrez Vivó, los despidos a Aristegui), en lo que va de la 4T no se ha amordazó a la prensa].

[Ni siquiera la iniciativa de reforma a la Ley de Telecomunicaciones que frenó Claudia Sheinbaum porque pretendía el imposible bloqueo a las plataformas digitales –cuyos servidores no están en México–, supuso en ningún momento la amenaza de censura. La embestida de las televisoras es una reacción de Univisión-Televisa al extrañamiento –vía el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación– por transmitir publicidad oficial (y racista) del gobierno de Estados Unidos. A este ataque se sumaron TV Azteca y otras corporaciones que intentan doblegar a la presidenta de la república].

Sin embargo, en la revisión del amparo 135/2024 promovido por Riva Palacio que denunció acoso y estigmatización desde el púlpito presidencial, los magistrados sostienen que la orden de instaurar la sección ‘¿Quién es quién en las mentiras?’ careció de fundamento legal, reglas claras y parámetros objetivos.

Según el criterio jurídico establecido, esta omisión vulnera los derechos a la legalidad, a la libertad de prensa, de expresión y de información, consagrados en los artículos 6º, 7º, 16, 39 y 40 de la Constitución mexicana. La sección de desmentidos, en síntesis, viola diversos derechos humanos y principios constitucionales, apunta el portal Aristegui.

Para el Tribunal, la sección operó como un “sistema de propaganda” utilizado para desacreditar de manera unilateral a periodistas críticos del gobierno. El espacio, lejos de promover el acceso objetivo a la información, según el fallo funcionó como una herramienta para imponer una “verdad oficial”, distorsionar hechos, reprimir la crítica y fomentar la polarización social.

CONTRASTE Y VERIFICACIÓN

El órgano judicial destacó que se emplearon recursos públicos para sostener esta sección sin un sustento normativo, lo cual contraviene no solo el marco constitucional mexicano sino también estándares internacionales en materia de derechos humanos, como el Informe Anual de la Comisión Interamericana de 2022 que ya había advertido sobre el uso de la comunicación oficial como medio de estigmatización contra la prensa.

Según la tesis del tribunal, crear una sección de fact checking o verificación de contenidos ya publicados en los medios o las redes sociales, sin “un mandamiento escrito con parámetros de actuación, límites precisos y reglas objetivas previas, da lugar a ese sistema propagandístico “que deforma la verdad desde el poder, reprime a la prensa crítica e impide a la ciudadanía el acceso a la información en condiciones de objetividad y neutralidad”.

[Falso, lo único que revela es la necesidad de una Ley de Comunicación Social que sustituya la Ley Chayote de Peña Nieto declarada anticonstitucional en 2021 por la Corte, tras un amparo promovido por Artículo 19, Fundar y Reporteros Sin Fronteras[4]].

[Si bien el Congreso no ha cumplido el mandato judicial de revocar y sustituir dicha norma, la política informativa de AMLO no reprodujo los señalamientos a la ley peñista: una “enorme discrecionalidad” para ejercer el gasto en difusión, cerca de 60 mil 237 millones en publicidad oficial; y no garantizar “la pluralidad mediática y la libertad de expresión”, al no respetar topes presupuestales específicos ni observar los criterios de eficiencia, economía, transparencia y honradez].

[También a la comunicación social del gobierno de Peña Nieto le reprocharon –los ministros, no los magistrados de un Tribunal– no tener un carácter institucional y fines meramente informativos, educativos o de orientación social, además de usar el presupuesto de manera personalizada y con fines políticos. Si sabemos que ‘nadie muerde la mano que le da de comer’, cuando el mayor ingreso de los medios es la publicidad oficial quien realmente dicta las líneas editoriales es precisamente el gobierno, observó Artículo 19].

[Hasta antes de 2018, el gasto publicitario de los entes públicos en México históricamente fue utilizado para promover la imagen y acciones del gobernante en turno. Las políticas de comunicación social no tuvieron como objetivo proporcionar un servicio de información a los ciudadanos, sino enaltecer lo que hacen los funcionarios. Sin embargo, en sentido inverso a esa línea peñista, López Obrador no sólo redujo el presupuesto a la cuarta parte sino que se puede documentar cómo esa inversión no se tradujo en una consideración especial hacia su persona, por parte de las grandes cadenas de televisión y radio que más recursos recibieron. Al contrario, los medios parecían empeñados en recuperar a fuerza de golpeteo los montos a los que se acostumbraron].

[Aunque AMLO mantuvo la discrecionalidad en la asignación de la publicidad oficial, y siguió teniendo a televisoras y cadenas de radio entre las mayores beneficiadas –sólo se preocupó por incluir a La Jornada en esa lista–, en sentido estricto no se puede culpar al Ejecutivo de que no haya un marco legal para crear secciones como la de García Vilchis. El Congreso no ha cumplido la instrucción de la Corte de sustituir la Ley de Comunicación Social de Peña Nieto, qué tendría que establecer los criterios para la asignación de recursos. Y es presumible que haya sido por instrucción presidencial].

Sin miedo al ridículo, el Colegiado sentenció que la práctica de responder a las críticas en la tribuna de la mañanera “fomenta la censura indirecta, daña el derecho a la réplica y erosiona el debate público libre e informado, elementos fundamentales para el funcionamiento de una sociedad democrática”. Y estableció que, si bien el Ejecutivo “puede establecer mecanismos de comunicación social, estos deben regirse por principios pluralistas, respetar el derecho a disentir y no ser utilizados como mecanismos de castigo político o desinformación”.

PALIZA, ¿CUÁL PALIZA?

“Qué paliza desde el Poder Judicial. La determinación del Tribunal se dio en respuesta al amparo promovido por un periodista, el primero que lo hizo, el primero que lo ganó. Sienta con ello un precedente extraordinario”, escribió Ciro Gómez Leyva en su columna de Excélsior, 365 Días[5].

En efecto, la resolución del Colegiado nos obliga a reabrir el debate sobre una comunicación social en donde los gobiernos no sigan pagando para que no les peguen, y que los medios o los profesionales de la comunicación no busquen cómo pegar para que les paguen.

Por lo demás, la sentencia tiene el tufo de una venganza de los magistrados por la reforma judicial que se inscribe en la narrativa de la estigmatización del periodismo. Desde que López Obrador empezó a usar la mañanera para ejercer lo que él llama su derecho de réplica, organizaciones de periodistas –tanto las que agrupan a los propietarios de medios (como la SIP, Sociedad Interamericana de Prensa) como las que velan por los derechos de los reporteros (como Artículo 19)– sostuvieron que los señalamientos en tono de reproche que el mandatario mexicano hace a sus críticos y especialmente a quienes difunden noticias falsas, constituyen una forma de estigmatización.

La muy conservadora SIP y la progresista Art. 19 registraron estrategias de comunicación gubernamental basadas en la estigmatización de la prensa, lo mismo en el México de AMLO que en el Brasil de Bolsonaro, en los Estados Unidos de Trump o en la Argentina de Milei. Dueños de medios e informadores independientes han coincidido en que los reproches y contragolpes desde el poder abren la puerta a toda clase de atentados a la libertad de expresión, incluida la censura y los asesinatos de periodistas.

Pero el diagnóstico, al igual que la tesis jurisdiccional, plantea una situación hipotética que en México no se comprueba. Ninguno de los periodistas señalados en La Mañanera sufrió algún tipo de agresión física. Hubo una maniobra de nado sincronizado para responsabilizar al presidente López Obrador el atentado a balazos contra Ciro Gómez Leyva, pero las investigaciones de la Fiscalía apuntaron a otro móvil.

ASESINATO DE PERIODISTAS

En México, a los periodistas los han estado matando por los mismos factores por las que los asesinaban antes del arribo de la 4T. Cuando el sexenio de AMLO inició, la lista de periodistas ultimados en este país ya sumaba un número tan alto como el de una nación en guerra. Y la tendencia no disminuyó por más que su gobierno activó varias veces el mecanismo de protección a periodistas, resolvió varios casos que habían quedado impunes y pidió perdón por las muertes de informadores en el viejo régimen que se acreditaron como crímenes de Estado.

Hay elementos de sobra para poder afirmar que la estigmatización de la prensa desde La Mañanera –por mucha violencia verbal que le atribuyeran al presidente– nunca se tradujo en agresiones físicas para los periodistas ni en atentados a los medios de comunicación.

Siguió habiendo durante su sexenio asesinatos de periodistas en los estados de la república, cometidos por los mismos tipos de agresores que se habían venido identificando –delincuentes, actores políticos y empresariales, funcionarios públicos del orden estatal o municipal, muchas veces coludidos–, pero no hay uno solo que se relacione con una interpretación torcida de la voluntad presidencial.

Si bien hubo ceses, cancelación de contratos y cierres de medios de comunicación, estos se explican mejor por la dinámica del mercado laboral y publicitario: salieron de las empresas donde trabajaban, periodistas que compraban su espacio con el dinero que les otorgaba Peña Nieto; figuras sobrevaloradas salarialmente que perdieron credibilidad por la parcialidad de sus enfoques y, con ello, gran parte de su audiencia; así como voces y plumas que dejaron de ser negocio para los medios, cuando sus patrocinadores dejaron de aportar recursos para que atacaran al nuevo gobierno.

No se puede atribuir ninguno de estos casos a un silenciamiento ordenado desde Palacio Nacional. Y la prueba está en que, quienes no se jubilaron, mantuvieron tribunas en otros medios para distintos esquemas de financiamiento. El caso paradigmático es Carlos Loret de Mola, quien salió de Radio Centro en 2018 para irse a W Radio; de donde se fue en 2022, no porque Prisa quisiera conciliar su proyecto con el de Claudia Sheinbaum sino porque al yucateco le ofrecieron la dirección de la plataforma LatinUs; de ahí volvió a quedar fuera porque uno de los principales accionistas de la empresa, Silvano Aureoles, está huyendo de la justicia.

En conclusión, la 4T no ha seguido la tradición censora que en México venía desde el porfiriato, cursó todo el régimen de la Revolución y se descaró en el periodo neoliberal, con su falsa transición democrática bajo el disfraz de la alternancia entre PRI y PAN.

Mi correo electrónico: carvajalberber@gmail.com


[1]‘Tribunal declara inconstitucional la sección de la mañanera de AMLO «¿Quién es quién en las mentiras? «’ Nota de Diana Lastiri. Apro, martes 15 de abril de 2025. https://www.proceso.com.mx/nacional/2025/4/15/tribunal-declara-inconstitucional-la-seccion-de-la-mananera-de-amlo-quien-es-quien-en-las-mentiras-349460.html

[2] ‘Confirman pagos millonarios a periodistas en sexenio de Peña Nieto’. Forbes Staff, 25 de febrero de 2020. https://forbes.com.mx/confirman-pagos-millonarios-a-periodistas-en-sexenio-de-pena-nieto/

[3] ‘»Quién es quién en las mentiras» deforma la verdad desde y reprime a la prensa crítica: Tribunal’. Redacción Aristegui Noticias, 15 de abril de 2025. https://aristeguinoticias.com/150425/mexico/quien-es-quien-en-las-mentiras-deforma-la-verdad-desde-y-reprime-a-la-prensa-critica-tribunal/

[4] ‘Qué es la “Ley Chayote” y por qué la corte la declaró como anticonstitucional’. Infobae, 8 de septiembre de 2021. https://www.infobae.com/america/mexico/2021/09/09/que-es-la-ley-chayote-y-por-que-la-corte-la-declaro-como-anticonstitucional/

[5] ‘Qué paliza a ¿Quién es quién en las mentiras?’ Ciro Gómez Leyva. Columna 365 Días. Excélsior, martes 15 de abril de 2025. https://www.excelsior.com.mx/opinion/ciro-gomez-leyva/que-paliza-a-quien-es-quien-en-las-mentiras/1710329

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