¿CUARTO NIVEL DE GOBIERNO?

Sin ser reconocido como tal en la Constitución Federal, subsiste en el diseño institucional del país, específicamente en Constituciones Locales, legislaciones estatales y reglamentos municipales, lo que podría denominarse una especie de cuarto nivel de gobierno, constituido por las llamadas autoridades auxiliares en lo rural y los comités de barrio o de colonia en lo urbano. Tanto por su innegable cercanía con la población como por su integración eminentemente ciudadana, ambos atributos que garantizan una verdadera representación popular, podrían constituirse en la última frontera gubernamental que por su amplio conocimiento de causa de los problemas de la gente, contribuyan eficazmente a dar respuesta y brindar las soluciones que se requieren.

La Constitución Federal señala al federal como el primer nivel de gobierno, al estatal como el segundo y al municipal como el tercero, siendo los únicos constitucionalmente reconocidos, con distribución de competencias exclusivas, compartidas y concurrentes, así como con la capacidad legal para manejar recursos públicos, brindar servicios básicos y emprender políticas públicas. Sin embargo, este entramado federalista se sabe es ya limitado, en tanto las poblaciones son cada vez más crecientes, los problemas más complejos, las acciones de gobierno no alcanzan a todos y las decisiones públicas parecen cada vez más alejadas del imaginario social a nivel de calle.

Hoy en día el municipal ya no es el nivel de gobierno más cercano a la gente, como rezaba la idea académica de defensa y fortalecimiento del federalismo de corte municipalista, pues se han roto los conductos de comunicación y retroalimentación inmediata que las poblaciones pequeñas y compactas territorialmente hacían posible. En la actualidad, de acuerdo a datos del INEGI, el 84.7% de los municipios del país tiene más de 2,500 habitantes y el 72.1% de los municipios más de 5,000 habitantes. Esto significa que 8 de cada 10 municipios en México es considerado urbano y, en su mayoría, la población podría estar no cercana a sus gobiernos municipales para recibir la atención y resolución esperada.

Las decisiones, las acciones y las políticas públicas que formulan los gobiernos federal, estatal y municipal, aunque con buenas intenciones, llegan dispersas a la población objetivo a que están dirigidas, por la gran cantidad de servidores públicos y decisores por las que deben pasar antes de llegar al beneficiario final, por los grupos de interés que están al pendiente de reclamar apoyos y beneficios exclusivos para sus agremiados, así como por la dificultad de la autoridad para identificar, en la población abierta y con eficacia geográfica, a quienes de verdad deberían acceder a los efectos positivos de la acción de gobierno.

Es en este vacío y enredo institucional, tan frecuente y común, que las autoridades auxiliares y los comités de barrio adquieren alta relevancia al pensárseles, en cierta manera, con la posibilidad de constituir un cuarto nivel de gobierno; de igual manera, por su capacidad para erigirse como verdaderas instancias ciudadanas, de representación y de acción públicas. Independientemente de la figura que tomen, como delegaciones, comisarías, juntas municipales, presidencias de comités, secretarías de comités, tesorerías de comités, entre otras, cuentan con el pulso real de lo que pasa en el día a día en sus comunidades y colonias. Son, sin temor a afirmarlo, la instancia más cercana a la ciudadanía.

Ejemplo de esta necesidad es que en junio de 2019 se anunció por parte de legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), la idea de presentar en la Cámara de Diputados una iniciativa de ley con el propósito de que las autoridades auxiliares se constituyan como un cuarto nivel de gobierno, otorgándoles derechos como autoridades e, inclusive, una remuneración acorde a su desempeño como representantes públicos. Sin embargo, debe existir un largo proceso de reflexión, análisis y definición, principalmente en el mundo académico y en los poderes legislativos, a efecto de considerar el camino hacia un cuarto nivel de gobierno, que desde la óptica de su servidor, es viable.

El primer paso sería reconocerles tal calidad en la Constitución Federal y en las Constituciones Locales, en donde además tendrá que establecerse que deberán ser autoridades electas por el voto directo de sus electores, en procesos guiados por los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE´s) y ya no por los Ayuntamientos; para esto se requiere cambios a la legislación secundaria estatal y a reglamentos municipales. Dar claridad y certeza a su ámbito de competencia y a sus atribuciones será parte de la misma tarea, entre las que deben estar la obligación de participar en las tareas de planeación para el desarrollo y la implementación de políticas públicas.

Hoy el federalismo ya no es municipalista, sino que debe ir más allá. Las comunidades rurales y las colonias urbanas son el nuevo campo de acción de la democracia, el pluralismo y la convergencia gobierno-sociedad. Es ahí donde surgen y están los problemas, pero también donde deben diseñarse y operarse las soluciones. Las autoridades auxiliares y los comités de participación ciudadana tienen, desde ya, una participación fundamental en la confección del país. Falta darse cuenta de ello y entrar en el campo de la acción. No basta saberse actor estratégico de la vida pública, sino demostrarlo día a día. La democracia ya no se define de arriba hacia abajo, sino más que nunca desde abajo hacia arriba. Hasta aquí mi participación de este día. Nos leemos en la siguiente.

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