El Congreso del Estado emitió la Declaratoria de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General del Estado, esto luego de que el pasado martes se publicara en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, la Ley Orgánica de la Fiscalía.
La Declaratoria, aprobada por 22 votos a favor, una abstención y cero en contra, señala el plazo con el que cuenta el Gobernador para designar al primer Fiscal y el que menciona el mecanismo en caso de que el Ejecutivo no ejerza su derecho de realizar esa designación.
Tras la Declaratoria emitida, el Gobernador del Estado tienen un plazo de diez días hábiles para que en ese tiempo haga uso de su derecho de nombrar, por única vez, al Fiscal General del Estado de Colima.
El plazo de diez hábiles iniciará al siguiente día hábil que se publique en el Periódico Oficial el Decreto de la Declaratoria de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General del Estado.
En caso de que el Gobernador no haga uso del derecho que prevén la Declaratoria aprobada este miércoles, el Decreto de la Ley Orgánica de la Fiscalía General y el Decreto de reforma constitucional que dispuso la creación de la Fiscalía, el nombramiento de Fiscal General se hará como lo prevén los artículos 81, 82 y 83 de la Constitución de Colima.
En ese sentido, la Constitución de Colima establece que el Fiscal General durará en su encargo seis años, podrá ser reelegido y para su designación el Gobernador del Estado propondrá al Congreso a la persona que considere idónea para ocupar el cargo.
Una vez recibida la propuesta para titular de la Fiscalía General, el Congreso, previa comparecencia de la persona propuesta, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, dentro del plazo de diez días hábiles.
Si el Congreso no resuelve dentro de ese plazo, se tendrá por aprobada la propuesta de Fiscal General presentada por el Gobernador.
El artículo 83 de la Constitución de Colima establece que para ser Fiscal General del Estado se requieren cumplir, entre otros requisitos:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento, tener cuando menos 30 años de edad y no más de 75, contar con título profesional de licenciado en derecho y no haber sido condenado por delito doloso.
El Decreto con la Declaratoria de autonomía constitucional de la Fiscalía General del Estado fue leído en Tribuna por el Diputado Santiago Chávez Chávez.