La propuesta de la presidenta municipal Griselda Martínez para garantizar un consumo mínimo vital de 50 litros de agua diarios para personas con vulnerabilidad, fue aprobado este jueves por las y los integrantes de la LX Legislatura, con esta medida, dicho servicio no será cobrado por la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo (CAPDAM).
De acuerdo con el desarrollo de la Sesión Ordinaria No. 10 del Congreso local, se estableció que “las Diputadas y los Diputados que integramos estas Comisiones Legislativas consideramos su viabilidad y compartimos la preocupación que hace el H. Ayuntamiento de Manzanillo en atender de manera oportuna a los grupos vulnerables y en ese tenor garantizar sus derechos fundamentales para que puedan tener un acceso al mínimo vital del agua potable”.
Y es que de acuerdo con la iniciativa de la alcaldesa Griselda Martínez respecto a la cantidad de personas que entran en esa denominación se encuentran 196 contratos de jubilados; 642 de adultos mayores y 12 de personas con discapacidad, haciendo un total de 850 lo cual representa un ingreso de poco más de 1 millón 42 mil pesos, cifra que no impacta al organismo operador de agua debido a que en 2021 tuvo un excedente económico de 23 millones de pesos “por lo cual la implementación de dicha reforma a la ley en pro de los manzanillenses en situación de vulnerabilidad, resulta ser viable”.
Griselda Martínez celebró la aprobación de su iniciativa, pues gracias a ello, toda persona que viva en Manzanillo, adulta mayor, con alguna discapacidad o enfermedad que le impida tener el recurso económico necesario para el pago del agua potable no estará obligada a hacerlo, pues se le garantizará un consumo diario de 50 litros como así lo determina la Organización Mundial de la Salud, para un uso personal y doméstico, “este beneficio deberá ser solicitado por las personas en estado de vulnerabilidad directamente en CAPDAM”.
La iniciativa de la presidenta Griselda Martínez fue aprobada con requisitos que deberán ser cumplidos, en caso de adultos mayores deberán contar con servicio medido de tarifa Doméstico “A” o Doméstico en Zona Rural; demostrar el estatus de vulnerabilidad o de necesidad económica, previo estudio socioeconómico que practique la dependencia pública municipal correspondiente; que sea titular de un solo servicio en el Municipio y que el expediente sea expuesto y autorizado por el Consejo de Administración de la CAPDAM.
En los casos de aplicar el beneficio en personas con enfermedad, situación de salud o discapacidad se deberá cumplir; que su enfermedad sea crónico-degenerativa o su discapacidad sea permanente, les impida trabajar y esté debidamente acreditado por una Institución de Salud Pública; disponer de servicio medido y sea de tarifa Doméstico “A” o Doméstico en Zona Rural; demostrar estatus de vulnerabilidad o de necesidad económica, previo estudio socioeconómico que practique la dependencia pública municipal correspondiente; deberá ser titular de un solo servicio en el Municipio y que su expediente sea expuesto y autorizado por el Consejo de Administración de la CAPDAM.
El registro de usuarios con este beneficio al mínimo vital en materia de agua potable se actualizará durante los meses de abril y octubre de cada ejercicio fiscal, por lo cual el derecho se refrendará cada año y las personas beneficiarias están vinculadas a demostrar que continúan cumpliendo los requisitos y que subsiste el estado de vulnerabilidad.
Será el órgano interno de control de la CAPDAM quien realizará las auditorías respectivas a efecto de evitar que se haga un uso indebido del derecho al mínimo vital y sancionará en los términos de la Ley General de responsabilidades administrativas, cualquier irregularidad que detecte.