+ Explicó que las tarifas se ajustan, cuando el propietario del inmueble solicita un movimiento catastral, o deja de pagar por más de 5 años.
La directora de Catastro del Municipio de Tecomán, Gaviota Jazmín Guerrero Pérez Meza, aseguró en entrevista que no ha habido aumento en las tarifas del impuesto predial en los últimos años y al respecto explicó que el cálculo del impuesto predial para el año 2020 se determina, tomando como base el valor catastral del inmueble (terreno y construcción) y aplicando las mismas cuotas y tasas que en el año 2019 y que a su vez han prevalecido desde su publicación en la Ley de Hacienda en el año 2015.
No obstante mencionó que la única variante es la UMA (Unidad de Medida y Actualización) que se actualiza año con año, aprobada por el Congreso de la Unión, “para este año 2020 se determinó en $86.88 pesos y entrará en vigor a partir del 01 de febrero; solo para tener una comparativa, la UMA en 2019 fue de $84.49 pesos”.
Guerrero Pérez Meza, señaló que suponiendo que un inmueble tiene un valor catastral hipotético de 100 mil pesos “en 2019 el impuesto predial para esa vivienda se determinó en $393.40; pero una vez que entre en vigor la nueva UMA, en 2020 el impuesto predial será de $403.99; es decir habrá aumentado en razón del 2.39% anual”.
Sin embargo la funcionaria municipal explicó que la condición en que puede variar “notablemente” el impuesto predial de un inmueble es cuando el propietario construye, remodela o amplía, porque aumenta su valor catastral. “Que, dicho sea de paso, estos valores catastrales están muy por debajo del valor comercial o real y se han mantenido así para beneficio de la ciudadanía”.
La titular de CATASTRO en el municipio observó, que existen algunos predios, que se han mantenido sin ningún movimiento catastral a través de los años, que tienen el beneficio, porque así lo indica la Ley, de tributar año con año con un incremento de únicamente el 10% respecto al año anterior “en estos caso, sus tarifas se ven disparadas, en caso de incumplir en el pago del impuesto predial por un lapso de 5 años consecutivos o de realizar un movimiento catastral (avalúo, transmisión, fusión, subdivisión); porque personal de la dirección acude al predio o inmueble, se actualizan sus datos y pierden el beneficio que tenían, hasta antes de hacer cualquier movimiento”.
Finalmente Guerrero Pérez Meza dijo, que atendiendo las indicaciones del Presidente Municipal Elías Antonio Lozano Ochoa, están aclarando las dudas de todos los ciudadanos del municipio, que así lo soliciten, de lunes a viernes de 08:30 a 16:30 hrs.